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Las donaciones a la Fundación Segunda Parte son desgravables en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades:
- Para los particulares, en los primeros 250€ donados la desgravación es del 80% y un 40% adicional para cantidades superiores.
- En el caso de las personas jurídicas, las donaciones desgravan un 40% en general y un 50% en caso de que sean donaciones plurianuales a la misma entidad durante un período mínimo de tres años.
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